En este caso, la Dirección General de Defensa del Consumidor de Córdoba aplicó una sanción significativa a una empresa dedicada a la construcción de viviendas prefabricadas de madera. La multa total asciende a 3.650.000 pesos argentinos, desglosados de la siguiente manera:
Multa administrativa: La empresa deberá pagar $1.250.000 por infracciones a varios artículos de la Ley de Defensa del Consumidor, entre ellos:
- Artículo 4º: Deber de información.
- Artículo 7º: Oferta.
- Artículo 8º bis: Trato digno.
- Artículo 10º bis: Incumplimiento de la obligación.
- Artículo 19º: Modalidades de prestación de servicios.
- Artículo 37º y 38º: Interpretación y contratos de adhesión.
- Artículo 40º bis: Daño directo.
El incumplimiento de esta sanción habilita su cobro a través de Ejecución Fiscal.
Daño Directo: Adicionalmente, la empresa deberá indemnizar al denunciante con $2.400.000 en concepto de "daño directo", debido a las afectaciones sufridas por el incumplimiento de la empresa.
Notificación
Dado que la empresa no pudo ser notificada mediante los métodos tradicionales (Correo Argentino), se ordenó la publicación de un edicto en el Boletín Oficial.
Recurso de apelación
La empresa tiene derecho a apelar esta resolución, pero debe hacerlo dentro de un plazo de diez días hábiles desde la notificación.
Conclusión
Este caso resalta la importancia de cumplir con la normativa de protección al consumidor en Argentina, especialmente en el sector de servicios relacionados con bienes duraderos como las viviendas prefabricadas, donde el incumplimiento puede derivar en sanciones económicas significativas y compensaciones directas al afectado.